Los derechos en un mundo que envejece
El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó recientemente una resolución para comenzar la redacción de una convención sobre los derechos de las personas mayores. Esta iniciativa responde a una necesidad urgente. Actualmente, más de mil millones de personas tienen 60 años o más, cifra que continúa creciendo, mientras persiste un vacío significativo en la legislación internacional de derechos humanos respecto a la protección de las personas mayores. La sociedad civil debe jugar un papel esencial en el proceso de este tratado, que brinda una oportunidad única para transformar la percepción social del envejecimiento.
La población mundial está envejeciendo. La esperanza de vida al nacer alcanza hoy los 73,3 años, cuando en 1995 apenas llegaba a los 65 años. El planeta cuenta actualmente con aproximadamente 1.100 millones de personas de 60 años o más, y las proyecciones indican que esta cifra aumentará a 1.400 millones para 2030 y a 2.100 millones para 2050.
Este fenómeno representa un logro extraordinario, fruto de los avances en salud pública, medicina y nutrición. Sin embargo, también conlleva importantes desafíos, principalmente cómo atender adecuadamente las necesidades en materia económica, de salud y de apoyo social de una población mayor en crecimiento, mientras disminuye la cantidad de personas en edad laboral.
Estos desafíos ya son familiares en algunas economías avanzadas como Japón, donde más del 10% de la población supera los 80 años. Con la natalidad en descenso y una población en edad laboral cada vez más reducida, Japón se enfrenta al problema de cubrir las necesidades de un creciente número de personas mayores con recursos fiscales cada vez más limitados. Sin embargo, esta problemática no es exclusiva de los países desarrollados. El envejecimiento poblacional también afecta a muchos países del Sur global, donde además este proceso se está produciendo a un ritmo considerablemente más acelerado que el que históricamente experimentaron los países del Norte.
Estos cambios demográficos evidencian un vacío significativo en la legislación internacional de derechos humanos. Las personas mayores realizan contribuciones valiosas a la sociedad: cumplen funciones familiares esenciales y juegan un papel fundamental en la sociedad civil mediante el servicio comunitario, la mentoría y el voluntariado. Sin embargo, el edadismo generalizado les niega su condición de titulares de derechos y agentes de cambio, relegándolas a ser consideradas como un problema por resolver o meros receptores pasivos de caridad y cuidados.
Las personas mayores enfrentan diversas violaciones de sus derechos humanos: sufren exclusión económica, política y social, discriminación por motivos de edad, negación de acceso a servicios de atención y apoyo, insuficiencia de las prestaciones sociales, y situaciones de violencia y maltrato. El edadismo intensifica otras formas de exclusión, por lo que son particularmente vulnerables las mujeres, personas LGBTQI+ y personas mayores pertenecientes a grupos marginalizados. Además, las personas mayores tienen mayor riesgo de sufrir discriminación por discapacidad. Durante conflictos y crisis, el impacto sobre este grupo poblacional suele ser desproporcionado: pueden convertirse en víctimas de abusos en conflictos armados, y verse especialmente afectadas por las consecuencias del cambio climático.
A pesar de estos múltiples desafíos en materia de derechos humanos, actualmente no existe ningún tratado mundial específicamente centrado en proteger los derechos de las personas mayores. Según las evaluaciones del Experto Independiente de las Naciones Unidas (ONU) sobre el disfrute de todos los derechos humanos por las personas de edad, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos y numerosos grupos de sociedad civil, el sistema internacional de derechos humanos vigente es un mosaico fragmentado que deja peligrosos vacíos en la protección de derechos de las personas mayores.
Las personas mayores y la justicia climática
Las personas mayores presentan una vulnerabilidad particular frente a los impactos del cambio climático, especialmente ante fenómenos como el calor extremo. Sin embargo, frecuentemente quedan excluidas de la planificación de emergencia y del diseño de políticas climáticas.
Al mismo tiempo, este grupo poblacional está movilizándose activamente en la lucha climática. Redes y organizaciones de base como HelpAge International y Abuelos Europeos por el Clima promueven respuestas climáticas inclusivas que incorporen perspectivas de las generaciones mayores. Estos activistas aportan décadas de experiencia y un arraigado sentido de responsabilidad intergeneracional, lo que les convierte en actores clave para el desarrollo de soluciones climáticas tanto a nivel local como global.
Las personas mayores tienen presencia destacada en movimientos que realizan acciones directas para visibilizar la urgencia de la crisis climática. Un ejemplo notable fue la protesta realizada en 2024 por dos activistas octogenarios de Just Stop Oil frente a una exposición de la Carta Magna en la Biblioteca Británica. Las personas mayores también están ayudando a transformar el marco jurídico relacionado con el cambio climático y los derechos humanos. En 2024, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos emitió una sentencia histórica en la que reconoció la inacción del gobierno suizo frente a la crisis climática como una violación de los derechos humanos de las mujeres mayores. La demanda, presentada por KlimaSeniorinnen Schweiz, un colectivo de mujeres mayores, argumentó exitosamente que el gobierno estaba vulnerando sus derechos dada su particular susceptibilidad al calor extremo. Este triunfo en materia de justicia climática consolidó el papel de las personas mayores como auténticos agentes de cambio.
El proceso del tratado
El primer avance internacional significativo en el reconocimiento legal de los derechos de las personas mayores ocurrió en 2015, cuando la Organización de Estados Americanos aprobó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Este tratado pionero reconoce explícitamente a las personas mayores como sujetos de derechos y establece mecanismos específicos de protección contra la discriminación, el abandono y la explotación. Ilustra cómo pueden evolucionar los marcos jurídicos para responder a los desafíos que enfrentan las poblaciones de edad avanzada, aunque cabe destacar que su implementación ha sido heterogénea entre los países signatarios.
En el ámbito global, han surgido algunas iniciativas para atender necesidades inmediatas y generar impulso hacia reformas más amplias. En particular, la Organización Mundial de la Salud declaró el período 2021-2030 como el Decenio del Envejecimiento Saludable de las Naciones Unidas, una colaboración multisectorial ambiciosa orientada a transformar las percepciones sociales sobre el envejecimiento.
Si bien esta iniciativa ha contribuido valiosamente a fomentar entornos adaptados a las personas mayores, desarrollar sistemas de salud más receptivos y mejorar el acceso a cuidados prolongados, el Decenio del Envejecimiento Saludable es un marco de acción voluntario. Solo mediante un tratado vinculante pueden garantizarse protecciones de derechos jurídicamente exigibles.
Este tratado ya está en marcha: el 3 de abril, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprobó una resolución para crear un grupo de trabajo intergubernamental encargado de redactar una convención sobre los derechos de las personas mayores. En esta época de división geopolítica y ataques al multilateralismo, resulta especialmente alentador que la resolución haya sido adoptada por consenso.
Ha costado mucho esfuerzo llegar a este punto. Los progresos actuales son fruto de más de una década de labor del Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre el Envejecimiento, creado por la Asamblea General de la ONU en 2010 con el fin de fortalecer la protección de las personas mayores. A través de 14 sesiones de trabajo, Estados, organizaciones de la sociedad civil e instituciones nacionales de derechos humanos analizaron las deficiencias en la protección de los derechos de las personas mayores y construyeron un sólido argumento para la acción. Este proceso culminó en agosto de 2024 con la adopción de la Decisión 14/1, que recomienda elaborar un tratado específico.
Ahora inicia la etapa decisiva de transformar estos principios en protecciones jurídicas vinculantes. La responsabilidad de redactar la convención recae en un grupo de trabajo intergubernamental que integra Estados, organizaciones internacionales, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil.
De ser aprobado, este instrumento probablemente constituirá el próximo gran tratado de derechos humanos de la ONU. Su objetivo es replicar el éxito de instrumentos como la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006), que han logrado avances sustanciales en la protección de los derechos humanos de sus respectivos grupos poblacionales.
From #Albania to #HRC58 in Geneva, Ermira carried the voices of older people—especially older women—to the global stage.
— HelpAge International (@HelpAge) April 18, 2025
Read her reflections as one of the campaigners at this year’s @UN_HRC, advocating for a @UN convention on the rights of older people.#AgeWithRights pic.twitter.com/TVxGbxmgir
El rol vital de la sociedad civil
Las organizaciones de la sociedad civil, mediante su trabajo estratégico transfronterizo e intergeneracional, han sido fundamentales para impulsar la evolución de esta convención desde su concepción hasta su potencial materialización. Organizaciones como AGE Platform Europe, Amnistía Internacional y HelpAge International han desarrollado argumentos sólidos en favor de un tratado vinculante a través de campañas estratégicas y la formación de alianzas. Su experiencia sigue siendo indispensable para asegurar que el texto definitivo trascienda las meras aspiraciones y se convierta en un instrumento verdaderamente efectivo.
Por delante se extiende un proceso estructurado, definido por la resolución del Consejo de Derechos Humanos. La primera reunión del grupo de trabajo intergubernamental encargado de redactar la convención está prevista para antes de finales de 2025. Una vez concluida la redacción, el documento será sometido a consideración del sistema general de la ONU para su posible adopción. Este momento representará una coyuntura crítica donde la vigilancia permanente de la sociedad civil resultará determinante para evitar que se diluyan las protecciones propuestas.
Esta Convención representa una oportunidad histórica para transformar la manera en que nuestras sociedades valoran a sus integrantes de mayor edad. El trayecto desde la declaración hasta la implementación efectiva requerirá un esfuerzo sostenido de incidencia, pero el potencial resultado merece tal dedicación: un mundo donde el envejecimiento potencie, en lugar de disminuir, la dignidad y los derechos humanos de las personas.
NUESTROS LLAMADOS A LA ACCIÓN
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El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas debe asegurar la participación de la sociedad civil en las negociaciones de la convención, con especial atención a las voces del sur global y a las personas mayores pertenecientes a grupos excluidos.
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Los Estados deben destinar recursos para facilitar la participación significativa de las personas mayores en el desarrollo y la aplicación de la convención.
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La sociedad civil debe abogar por que los gobiernos impulsen un tratado ambicioso que aborde el amplio espectro de violaciones de derechos que sufren las personas mayores.
Para entrevistas o más información, póngase en contacto con research@civicus.org
Foto de portada de la Defensoría del Pueblo de Bolivia