“Tememos que la Ley de Transparencia se use para perseguir a organizaciones que incomoden al poder”
CIVICUS conversa acerca de la nueva Ley Orgánica de Transparencia Social de Ecuador con Vivian Idrovo, coordinadora de la Alianza por los Derechos Humanos Ecuador.
La ley, promulgada en agosto, establece el registro obligatorio de las organizaciones de la sociedad civil (OSC) y auditorías según nivel de riesgo. El gobierno la ha justificado como una medida contra el lavado de dinero y la financiación del crimen, pero organizaciones nacionales e internacionales advierten que sus disposiciones ambiguas podrían restringir la acción independiente de la sociedad civil. La ley se inscribe en un contexto en que las OSC son sistemáticamente estigmatizadas por altos funcionarios de gobierno.
¿Qué establece la nueva ley y cuál fue el proceso de aprobación?
El 29 de julio, el presidente Daniel Noboa envió a la Asamblea Nacional la Ley Orgánica de Transparencia Social, antes conocida como Ley de Fundaciones. El proyecto se tramitó por la vía de urgencia económica, un procedimiento que obliga a la Asamblea a resolver en 30 días y que, si no lo hace, convierte automáticamente la propuesta en decreto ley. Tras dos debates, la Asamblea la aprobó el 26 de agosto y fue promulgada un día después.
La ley exige que las OSC se registren en un sistema controlado por el Ministerio de Gobierno, justifiquen sus objetivos e impactos, informen sobre sus donantes y beneficiarios e implementen mecanismos internos de “integridad”. La implementación será supervisada por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y su incumplimiento puede derivar en la disolución de la organización. Las únicas exceptuadas son las organizaciones religiosas y aquellas a las que el gobierno haya delegado funciones públicas.
Aunque se presentó como una norma para regular fundaciones, la ley también incluye otras disposiciones como un impuesto sobre utilidades de empresas privadas, reformas a la Unidad de Análisis Financiero y Económico, normas sobre pasivos de empresas estatales en liquidación y cambios en el régimen de concesiones mineras. Esto vulnera el principio de unidad de materia, que exige que cada ley trate un solo tema.
El gobierno justificó la necesidad de esta ley alegando vagamente la existencia de movimientos financieros sospechosos de lavado de activos o financiamiento del crimen organizado, pero sin aportar evidencia concreta. Al contrario, algunas investigaciones periodísticas independientes como la serie Dorada Opacidad, del medio digital Plan V, demostraron que son principalmente empresas privadas las que se benefician de economías ilegales ligadas, por ejemplo, a la minería de oro. Aun así, el Estado no ha planteado regulaciones equivalentes para el sector empresarial.
Las OSC ya estamos sujetas a múltiples mecanismos de control: debemos registrarnos en instituciones estatales, cumplir con la fiscalización tributaria, someternos a auditorías exigidas por donantes y rendir cuentas a nuestras propias bases sociales. El sistema financiero además nos exige justificar toda transacción superior a los 5.000 dólares. No había justificación para imponer nuevas restricciones.
¿En qué contexto se aprueba esta ley?
La ley se aprueba en medio de una grave crisis de violencia sin precedentes. Hasta 2020 Ecuador era visto como una “isla de paz”, pero esa imagen se ha desmoronado. Usando el pretexto de la inseguridad, Noboa ha enviado cinco proyectos de ley con carácter de urgencia económica: cuatro ya están en vigor y uno sigue en trámite. También se aprobó una ley de inteligencia que había quedado en suspenso en 2022 y había sido retomada por la Asamblea en 2024.
Todas estas normas debilitan la democracia: refuerzan la militarización, permiten espionaje sin control judicial, limitan la independencia judicial, facilitan la entrega de territorios indígenas a empresas extractivas y restringen el derecho de asociación.
Lamentablemente lo que está ocurriendo en Ecuador no es un caso aislado. En El Salvador, Paraguay y Perú se han aprobado o intentado aprobar leyes similares que buscan limitar la capacidad de la sociedad civil de exigir respeto a los derechos humanos.
¿Cuáles son las preocupaciones de la sociedad civil sobre esta ley?
Tememos que la ley se convierta en un instrumento de persecución contra organizaciones que incomoden al poder, especialmente las que defendemos los derechos humanos y ambientales. Quedamos expuestos a espionaje sin control judicial y a ser catalogadas como “objetivos de alto valor”, lo que habilita allanamientos y medidas de “neutralización”. También se nos obliga a entregar información sensible sobre las comunidades a las que acompañamos, lo que aumenta su vulnerabilidad en un contexto de violencia, secuestros y extorsiones.
El riesgo no es teórico. El entonces ministro de Gobierno mencionó explícitamente al “frente antiminero” como objetivo de la ley, y en una audiencia de justicia indígena se confirmó que líderes sociales y defensores de derechos humanos habían sido espiados, incluidos miembros de nuestra alianza.
El hostigamiento a la independencia judicial solo agrava la situación. El 12 de agosto, el propio presidente encabezó una marcha contra la Corte Constitucional, señalando públicamente a ciertos jueces. Esto genera un clima de presión que podría influir en decisiones clave en los que se enfrenten derechos ciudadanos e intereses del Ejecutivo.
Desde la sociedad civil creemos que esta ley es inconstitucional y debe ser impugnada. Hasta que eso suceda, seguiremos denunciando sus efectos para visibilizar cómo reduce el espacio cívico y pone en riesgo a quienes defendemos derechos humanos y ambientales en Ecuador.